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Solarpunk Dreams y Reflexiones sobre las pesadillas Cypherpunk

“La peor forma de injusticia es la justicia simulada.”

Platón (438-328 Antes de Cristo)

Actualmente, los sistemas descentralizados basados en redes Blockchain y Lex Cryptographica están empezando a cambiar la forma en la que ejecutamos contratos. Con este nuevo tipo de sistemas que se apoyan en la capacidad de las redes Blockchain para ejecutar código a prueba de manipulaciones, a prueba de censura y de forma autónoma, estamos viendo nacer una nueva generación de Contratos que actúan de manera inteligente, programática, predecible, de manera modular, dinámica y, en muchos casos, de una manera que nos salva de la ambigüedad en la que se envuelven los contratos legales tradicionales.

 

Sin embargo, si queremos hacer uso de este tipo de Contratos Inteligentes para crear un registro de todo o alguna parte de algún acuerdo legal, esto crea nuevos retos y desafíos que analizaremos en este caso de estudio que esperamos sea de tu interés. 

Por un lado, estudiaremos el problema de la privacidad, ya que su naturaleza digital resulta no ser tan privada como un acuerdo físico en papel, y por otro lado, dado que el código a veces no resulta tan sencillo de auditar o escudriñar, vamos a estudiar cómo esto puede dar pauta a la creación de estándares en este tipo de convenios contractuales que muy pocas personas pueden realmente entender. 

 

Por último, vamos a brindar un vistazo hacia algo que resulta todavía más preocupante: la posibilidad de considerar que la naturaleza autónoma y a prueba de censura de los Contratos Inteligentes pueda ayudar a crear y fomentar la actividad criminal. 

El objetivo de dicho análisis es ayudar al lector a entender cómo la tecnología Blockchain tiene el potencial de tener un impacto tremendo en los conceptos comúnmente aceptados de lo que significa un acuerdo legal y asimismo, ofrecer un vistazo hacia el futuro sobre los impactos tanto positivos como negativos que pueden llegar a crear, para finalmente exponer la posibilidad de que ciertas redes puedan usar el concepto de Lex Cryptographica para la creación de Contratos Inteligentes que fomenten y permitan la actividad ilegal.

 

Bienvenido a Solarpunk Dreams. Un blog donde analizamos a profundidad las partes más controversiales de la revolución del Web3.

 

Una breve historia de los Contratos Digitales

El inicio de la historia de los Contratos Digitales modernos la podemos ubicar en el mes de junio del año 1948, cuando la Unión Soviética corta el acceso hacia Alemania Occidental y partes de Berlín tanto por carretera, vías de tren y vía marítima. En respuesta, los Estados Unidos y las Fuerzas Aliadas inician en ese mismo año un programa de transporte y asistencia aérea destinada a Berlín, enviando más de 2 millones de toneladas de comida y otros suministros a la capital alemana de la posguerra. Para tener una organización y llevar un registro certero de la cantidad tremenda de carga que estaba siendo enviada de forma regular al Berlín del Occidente, el señor Edward Guilbert, con el cargo militar conferido de U.S. Army Master Sergeant, ordena el desarrollo de “un sistema de manifiestos de carga que pudieran ser transmitidos por télex, radio o teléfono”.

 

Años después de este ejercicio de asistencia aérea en Berlín, las lecciones aprendidas se fueron filtrando hacia el sector privado durante la Guerra Fría con la Unión Soviética. En 1965, el mismo Sargento norteamericano Edward Guilbert, que en ese entonces se encontraba ya trabajando para la compañía DuPont, crea un sistema conocido como Electronic Data Interchange (EDI o Intercambio de Datos Electrónicos), desarrollando una especie de arreglo estándar en el intercambio de mensajes electrónicos usados para el envío y traslado de mercancía entre Dupont y uno de sus contratistas, Chemical Lehman Tank Lines. El sistema creado por Edward Guilbert permitió a DuPont enviar manifiestos al otro lado del Atlántico vía télex, los cuales eran posteriormente impresos en papel perforado que podían ser ingresados en las computadoras de DuPont que se encontraban del otro lado del mundo.

 

En las décadas que siguieron después de la primera implementación propuesta por Edward Guilbert, los sistemas basados en Electronic Data Interchange (EDI) se diseminaron hacia fuera de la compañía DuPont, creando con ello una tendencia a nivel global en la conversión de registros físicos, confirmaciones y manifiestos comerciales en su equivalente digital. 

Hoy en día, los sistemas EDI tienen una amplia adopción, particularmente para el manejo de cadenas de suministro complejas. Las compañías que se dedican a los envíos, suministro de alimentos y la industria automotriz utilizan día con día de manera rutinaria sistemas EDI para el intercambio de órdenes de compra, facturas electrónicas, documentos de embarque, niveles de inventario, así como varios tipos de confirmaciones que facilitan las relaciones con sus socios comerciales, eliminando con esto las ineficiencias del papeleo manual y reduciendo costos administrativos.

 

Cabe hacer notar que los sistemas EDI tienen unas cuantas limitantes. Debido a que estos contratos electrónicos solamente tienen la mera función de describir los términos y condiciones en un formato electrónico, tienen muy poca utilidad para reforzar o cambiar la forma en cómo cada parte cumple con sus obligaciones comerciales.

 

A finales de los 90, el científico y Cypherpunk Nick Szabo se dio cuenta de estas limitaciones y formuló una nueva manera de ejecutar contratos electrónicos. En un documento titulado  Formalizando y Asegurando las Relaciones en Redes Públicas, Nick Szabo describe la forma de apoyarse en el uso de protocolos criptográficos que haría posible la creación de software que se asemejara más a las “cláusulas contractuales” y conjuntara a las partes involucradas en un tipo de contrato tal que las responsabilidades y obligaciones de cada uno se mantuvieran vigentes durante la duración del mismo.

Desde ese entonces, los lenguajes de programación que sirven para describir contratos han sido objeto de estudio por el mundo académico.

 

Como ejemplo relevante, un poco después de que Nick Szabo hiciera públicas sus investigaciones, Mark Miller, Chip Morningstar y Bill Frantz crearon un modelo de contratos para Options en el mercado financiero de Wall Street utilizando un Lenguaje de Programación Orientado en Objetos (Object-Oriented Programming Language). 

 

Asimismo, a finales de los 90, en un trabajo conjunto entre Microsoft e investigadores de la Universidad de Glasgow, se empezaron a realizar experimentos usando contratos financieros totalmente computarizados. En el 2004, el criptógrafo financiero Ian Grigg presenta el concepto de un “Contrato Ricardiano”, un tipo de contrato que es legible tanto por computadoras como por seres humanos. De forma más reciente, en el año 2012, Harry Surden, un profesor de Leyes de la Universidad de Colorado, se dedica a estudiar el concepto de contratos basados en datos digitales y hace pública una serie de investigaciones sobre cómo la representación digital de las obligaciones contractuales puede conllevar a la creación de cláusulas de contratos “algorítmicas”.

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